AUTO CONSTITUCIONAL 224/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 224/2005-CA

Fecha: 27-May-2005

I. ANTECEDENTES DEL RECURSO

Mediante memorial de 26 de marzo de 2004 cursante de Fs. 1 a 5,  Berthy Canizares, Alcaldesa Municipal de la Tercera Sección-Cabezas de la Provincia Cordillera del Departamento de Santa Cruz; Tito Arce Coca, Presidente del Concejo Municipal y Raúl Domínguez Pedraza, Vicepresidente del Concejo Municipal, solicitan al Prefecto y Comandante del Departamento de Santa Cruz la delimitación de la Tercera Sección-Cabezas de la Provincia Cordillera de este Departamento, solicitud que fue admitida por Resolución de 5 de abril de 2004, corriéndose traslado a los municipios afectados, siendo resuelta mediante Resolución Prefectural de Primera Instancia 554/2004, de 8 de diciembre (fs. 7 a 8), en la cual dicha autoridad recomendó la procedencia de la delimitación y que la propuesta del proyecto de Ley respectivo sea enviado al Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación en calidad de revisión para su consideración constitucional.

Por otra parte, por memorial de 26 de octubre de 2004, Roberto Vargas Suárez, Alcalde Municipal de la Segunda Sección Charagua, provincia Cordillera del departamento de Santa Cruz inició ante el Prefecto y Comandante del Departamento de Santa Cruz, proceso administrativo de delimitación de la referida Sección de Provincia, el que fue admitido por Resolución de 21 de diciembre de 2004 (fs. 32); dentro de dicho proceso Víctor Casón, Walter Carmona y Berthy Canizares Castro, Alcalde y Concejales del Municipio de Cabezas, por memorial de 17 de marzo de 2005, opusieron excepciones de impersonería y de litis pendencia, las que fueron rechazadas por Resolución de 23 de marzo de 2005 por infundadas y presentadas fuera de término; en esta instancia solicitaron al Prefecto del Departamento de Santa Cruz decline de competencia en virtud de los principios de concentración procesal y debido proceso, por cuanto su Municipio inicio trámite de delimitación  de la Tercera Sección Cabezas dentro de la cual el Municipio de Charagua es uno de los demandados, proceso que cuenta con Resolución Prefectural de 8 de diciembre de 2004 y que en la actualidad se encuentra en grado de apelación ante el Ministerio de Desarrollo Sostenible, por lo que existe identidad de sujeto, causa y objeto que es la delimitación entre los municipios de Charagua y Cabezas; solicitando asimismo, remita los actuados al Ministerio de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente por ser la autoridad competente para conocer la causa.