SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0494/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0494/2005-R

Fecha: 10-May-2005

III.2.

23 de julio del pasado año, los miembros recurridos del Concejo Municipal de San Pedro de Tiquina  declararon abrogada y sin efecto legal alguno la Resolución 020/2003 de 21 de octubre, por la que designaron como Alcalde Municipal interino al recurrente, disponiendo se designe un nuevo ejecutivo municipal, ante el supuesto abandono de funciones del recurrente. En la misma fecha, a través de la Resolución 023/2004, los concejales recurridos decidieron suspenderlo al recurrente de su cargo de Alcalde, por abandono de sus funciones, y nombrar uno nuevo por mayoría de votos, el cual fue designado y posesionado el mismo día.

Como se advierte del texto de la Resolución 015/2004, la suspensión del Alcalde recurrente fue adoptada ante su supuesto abandono de funciones, causal que no se encuentra prevista en ninguno de los supuestos reconocidos por la normativa glosada en el FJ III.1, y que son los únicos por los cuales el Alcalde Municipal puede ser suspendido temporal o definitivamente de su cargo, y en su caso removido del mismo, siempre previo proceso; extremo que tampoco se cumplió en la especie, siendo por tanto su suspensión ilegal, toda vez que al establecer los recurridos esa sanción al margen de lo estipulado por las disposiciones anteriormente citadas, han violado flagrantemente los derechos del actor al trabajo, a la defensa y a la garantía del debido proceso.