AUTO CONSTITUCIONAL 0013/2005-RCA
Fecha: 29-Jun-2005
I.1. Síntesis de la demanda
Por memorial presentado el 27 de abril de 2005, cursante de fs. 6 a 8, el recurrente aduce que el 25 del indicado mes, a horas 10:00 a.m. aproximadamente, la oficial de diligencias del Juzgado Sexto de Partido en lo Civil, colaborada por funcionarios policiales dirigidos por el Capitán Valenzuela y este a su vez por el Coronel Gildo Ortuño, sin contar con un mandamiento de desapoderamiento, sin facultades de allanamiento y uso de la fuerza pública, ingresaron a su domicilio, sacando su mercadería a la calle, rompiendo puertas, chapas y candados, saqueando muebles de los poseedores y las suyas.
Alega que su abogado, verificó que los funcionarios policiales no tenían orden judicial para intervenir en el desapoderamiento, contando solamente con una carta dirigida al Coronel Gildo Ortuño, en el que se le adjuntó una copia del mandamiento sin facultades de allanamiento y uso de la fuerza pública, omitiendo la autoridad jurisdiccional efectuar el control jurisdiccional del proceso de manera responsable.