APRUEBA, con otros fundamentos,
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64.III y 31-num. 4), concordante con el art. 33, parágrafo I, num. 1) de la LTC, APRUEBA, con otros fundamentos, la Resolución de 10 de mayo de 2005 pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, rechazando la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, planteada por Alfredo Bury Saavedra, demandando la inconstitucionalidad del art. 36 de la Ley 1836, de 1º de abril de 1998.
