SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0594/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0594/2005-R

Fecha: 02-Jun-2005

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de hábeas corpus pronunció Resolución declarando improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) el representado del recurrente fue notificado con el decreto de cúmplase de manera personal, de modo que ya tenía conocimiento oportuno del Auto de Vista que declaraba ejecutoriada la Sentencia que a su vez declaró probada la demanda; 2) cualquier otro aspecto referente a autos complementarios que no hubieran sido notificados no corresponden al presente recurso; 3) la autoridad judicial demandada se ha sujetado a ley y a fallos dictados, de modo que no es ilegal el haber librado mandamiento de apremio.

Por lo expresado, los antecedentes expuestos muestran que el caso no se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 18 de la CPE, por lo que el Tribunal de hábeas corpus al haber declarado improcedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa del mismo y dado cabal aplicación al citado precepto constitucional.