Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0595/2005-R
Fecha: 02-Jun-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes, interponen el presente recurso aduciendo que los particulares recurridos les impiden el ingreso al departamento que les sirve de vivienda. Con carácter previo corresponde determinar en revisión si se cumplieron con los requisitos de presentación del recurso, previstos por el art. 97 de la LTC, a los efectos de aprobar la Resolución de rechazo o de lo contrario revocar y disponer se analicen los hechos demandados a fin otorgar o negar la tutela solicitada.