SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0635/2005-R
Fecha: 15-Jun-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente arguye que no obstante que prestó servicios a la Policía Nacional durante más de quince años, el 1 de septiembre de 1999 fue dado de baja por supuesta deserción, sin que se le haya seguido proceso disciplinario, sin considerar que atravesaba por un problema familiar, que se encontraba con destino en el Comando Departamental de Policía de Beni y que había solicitado licencia indefinida, petición que no fue enviada a la autoridad superior, por lo que solicitó en reiteradas oportunidades su reincorporación a la Policía Nacional, empero, el 17 de junio de 2003 le comunicaron que su solicitud fue desestimada. Corresponde analizar en revisión si en la especie es pertinente otorgar la tutela pretendida.