SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0649/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0649/2005-R

Fecha: 14-Jun-2005

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El recurrente ratificó su demanda y la amplió señalando que el 22 de abril de 2005 su representada se encontraba en la localidad de Achacachi, con la finalidad de obtener mandamientos de aprehensión dispuestos por Resolución 35/2005 pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior contra dos procesados por el delito de asesinato, mandamientos que fueron expedidos el 26 de abril siendo remitidos los antecedentes ante el Juez de medidas cautelares, autoridad que volvió a remitir el caso al existir acusación presentada ante el Tribunal de Sentencia, lo que supone que la autoridad recurrida tenía conocimiento de la orden emanada por la Corte Superior. En ejercicio de su derecho a la petición a horas 9:00 del 29 de abril de 2005, su representada se apersonó ante la Secretaría del Tribunal de Sentencia para solicitar los mandamientos de aprehensión y quince minutos después la recurrida ingresó acompañada de los sindicados y el abogado defensor, recibiendo información que momentos previos la Jueza se hubiera reunido en las oficinas del abogado defensor y cuando ingresaban a las oficinas los sindicados le señalaron como la  persona que tramitaba los mandamientos. Es así que su representada en Secretaría del Tribunal reclamó los mandamientos de aprehensión, y la autoridad recurrida desde el interior del salón de debate sito a cuatro metros de distancia donde atendía una audiencia, dispuso su detención sin librar mandamiento, siendo ejecutada la orden por funcionarios policiales sin ser informada sobre las razones de la medida que duró más de veinticuatro horas, solicitando que la recurrida sea condenada al pago de daños y perjuicios, no obstante haber cesado la detención.