SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0664/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0664/2005-R

Fecha: 16-Jun-2005

procedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo constitucional pronunció Resolución declarando procedente el recurso, disponiendo que en el plazo de veinticuatro horas se retire el candado puesto en el ambiente de la recurrente. Como fundamentos se señalan: 1) los demandados incurrieron en una medida de hecho buscando la desocupación del ambiente, cuando debieron acudir a la justicia ordinaria interponiendo una demanda de desalojo, no pudiendo hacerse justicia  por sí mismos; 2) al haber incurrido en dicho acto ilegal vulneraron el derecho al trabajo de la recurrente, colocándola en estado de indefensión y desigualdad.

Por todo lo expresado precedentemente, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones del citado art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal de amparo al haber declarado procedente el recurso, no ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales ni dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.