Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0703/2005-R
Fecha: 22-Jun-2005
III.2.
III.2. En el caso presente la problemática planteada por el recurrente, concretamente el Auto de 25 de agosto de 2004, dictado por la autoridad recurrida, no constituye la causa directa para la privación de su libertad, menos el hecho que la víctima no hubiera presentado su acusación dentro del plazo, aspectos que no están vinculados a la libertad, por lo que no es posible otorgar la tutela que brinda el recurso de hábeas corpus, que sólo se abre cuando el procesamiento indebido vulnera en forma directa la libertad del procesado, en consecuencia no corresponde a este Tribunal ingresar a un análisis sobre el particular; situación que determina la improcedencia del presente recurso.