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    AUTO CONSTITUCIONAL 019/2005-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 019/2005-RCA

    Fecha: 07-Jul-2005

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE y 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve con los fundamentos expuestos APROBAR el rechazo contenido en la Resolución 227/2005 de 27 de mayo, pronunciada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.

    • En revisión
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • rechazó
    • II.1.  Importancia de los requisitos de admisión del recurso de amparo
    • II.2.  Atribuciones de la Comisión de Admisión para efectuar la revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia en los casos de inactivación previstos en el art. 96 de la LTC.
    • II.3. Análisis de la Resolución remitida en revisión
    • II.3.1.
    • 1)
    • II.3.2.
    • APROBAR

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