Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 019/2005-RCA
Fecha: 07-Jul-2005
rechazó
Por Auto 227/2005 de 27 de mayo de 2005 (fs. 10), la Sala Civil Tercera rechazó in limine el recurso, por incumplimiento de los requisitos de forma y contenido establecidos en el art. 97 III, IV, V y VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC); por no adjuntar literales que demuestren el agotamiento de la vía legal ordinaria; indicar con precisión los actos ilegales u omisiones indebidas, ni señalar los derechos vulnerados y fijar el amparo que solicita.
- En revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- rechazó
- II.1. Importancia de los requisitos de admisión del recurso de amparo
- II.2. Atribuciones de la Comisión de Admisión para efectuar la revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia en los casos de inactivación previstos en el art. 96 de la LTC.
- II.3. Análisis de la Resolución remitida en revisión
- II.3.1.
- 1)
- II.3.2.
- APROBAR