AUTO CONSTITUCIONAL 025/2005-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 025/2005-RCA

Fecha: 21-Jul-2005

II.1.

II.1.  En lo que se refiere al incumplimiento de los requisitos de contenido, se evidencia que los mismos han sido debidamente cumplidos, pues los recurrentes expresaron como actos ilegales la: 1) suspensión de los cargos de docentes, sin tomar en cuenta que su ingreso se debió a examen de competencia, 2) la inexistencia de las causales de remoción especificadas en el Reglamento General de la Docencia, 3) determinación que emana de una autoridad sin facultades para ello y sin previo proceso, consumándose la arbitrariedad con la retención de papeletas de pago, para evitar la participación en los comicios electorales; señalando como vulnerados sus derechos al trabajo, a la seguridad jurídica y la garantía del debido proceso; reconocidos en los arts. 7 inc. a), 16.I, IV, 6.I, 156, 157, 158 y 162 de la Constitución Política del Estado (CPE), para finalmente solicitar se declare procedente el recurso, anulando la suspensión de 3 de marzo de 2005, ordenando la entrega de papeletas de pago. Demostrando por lo relacionado una coherente relación fáctica,  precisando los actos ilegales que a su juicio le causan agravio; subsumiéndolos en la presunta vulneración de los derechos subjetivos descritos y adecuados a la normativa constitucional, ambos claramente orientados a la petición o causa petendi; concluyéndose por ello que las observaciones sobre el incumplimiento de los tres requisitos de contenido carecen de asidero jurídico.