AUTO CONSTITUCIONAL 029/2005-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 029/2005-RCA

Fecha: 29-Jul-2005

a)

Mediante memorial de 16 de febrero de 2005 (fs. 26 a 28), el recurrente subsanó su demanda indicando que: a) el 15 de marzo de 2003, solicitó la nulidad de obrados por la ausencia de firma de su apoderada en el título coactivo, la ausencia de poder que faculte a Antonio Molina Mitro a la disposición de los bienes de su esposa y la falta de fuerza coactiva del título presentado por Banco BISA S.A.; b) amplió su petitorio, solicitando la nulidad de la transferencia realizada por el Banco BISA S.A., del terreno en litigio; c) señalo las generales de ley de los terceros interesados; y d) adjuntó la apelación y el Auto del Juzgado Décimo Tercero de Partido en lo Civil en fotocopia simple indicando que mediante memorial de 14 de febrero, solicitó la fotocopia legalizada de dicho Auto y por el recargado trabajo del Juzgado no se concedió tal petición por lo cual solicitó que el Tribunal de Amparo ordene al Juez recurrido exhiba el expediente original del Banco BISA SA contra HYUNDAY BOLIVIA S.A. en la audiencia a realizarse.