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    AUTO CONSTITUCIONAL 338/2005-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 338/2005-CA

    Fecha: 19-Jul-2005

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    • de inconstitucionalidad
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • a)
    • 1)
    • II.2.1.
    • 3.-
    • II.2.2.
    • el incidentista debe fundamentar adecuadamente su solicitud de que se promueva el incidente de inconstitucionalidad
    • APRUEBA

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