Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0027/2005-ECA
Fecha: 04-Ago-2005
I.2.
I.2. El planteamiento y tramitación del amparo ha significado erogación de gastos en mérito a las solicitudes, requerimientos fiscales, memoriales presentados al Tribunal de amparo, contratación de servicios de un profesional abogado, timbres y valores judiciales y otros, que deben ser cubiertos a través de las costas procesales por las autoridades recurridas en virtud de su ilegal actuación.