AUTO CONSTITUCIONAL 398/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 398/2005-CA

Fecha: 18-Ago-2005

I.2. Argumentos jurídicos del recurso

Manifiesta que pese a la claridad de las normas mencionadas respecto a que es potestad exclusiva del Poder Legislativo crear o modificar un tributo, en este caso  el Superintendente de Transportes, como funcionario administrativo del Poder Ejecutivo, sin que tenga potestad y menos competencia, se ha permitido dictar la Resolución  Administrativa 0104/2004, de 17 de diciembre, fijando y aprobando la vigencia de nuevas tasas, entre ellas la de rodaje, usurpando funciones del Poder Legislativo.