AUTO CONSTITUCIONAL 398/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 398/2005-CA

Fecha: 18-Ago-2005

II.3.

II.3.  Por otra parte, tampoco se ha cumplido con otro requisito de contenido respecto a la fundamentación jurídica, puesto que el recurrente considera que  en oportunidad de pronunciar la Resolución Administrativa impugnada, el Superintendente de Transportes carecía de potestad para ello, menos competencia, habiendo actuado en clara  usurpación de funciones del Poder Legislativo; sin embargo, esos argumentos no corresponden a este recurso por no ser ese el ámbito de análisis del juicio de constitucionalidad.