AUTO CONSTITUCIONAL 453/2005-CA-Bis
Fecha: 22-Sep-2005
I. ANTECEDENTES
Dentro del incidente planteado por Humberto Monasterio Pinckert para que se promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad respecto del art. 36 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), por Resolución de 16 de marzo de 2005, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz rechazó la solicitud formulada, y en consulta, por Auto Constitucional (AC) 209/2005-CA, de 12 de mayo, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional aprobó aquella Resolución.
Por memorial presentado el 4 de junio de 2005, Humberto Monasterio Pinckert solicitó aclaración, complementación y enmienda del mencionado AC 209/2005-CA, solicitud que fue rechazada el 19 de julio de 2005 a través del AC 337/2005-CA, pero el 10 de agosto del presente año, Humberto Monasterio Pinckert interpuso recurso de reposición contra el referido AC 337/2005-CA.