AUTO CONSTITUCIONAL 464/2005-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 464/2005-CA

Fecha: 27-Sep-2005

I.1. Antecedentes

En su memorial presentado el 19 de septiembre de 2005 (fs. 282 a 285),  Francisco Almendras y Apolonia Pacci de Almendras señalan que el 8 de junio de 1973, adquirieron a título de compra-venta una parcela de terreno urbano de propiedad de Samuel Vaca Jiménez, ubicada en la esquina sud-este de la plaza principal de la localidad de Warnes, entre calles 9 de abril y Víctor Rodríguez Alcántara, con una superficie de 800 metros cuadrados, habiendo efectuado los trámites de rigor ante la Alcaldía Municipal sobre aprobación de planos e inscribiendo su derecho de propiedad en las Oficinas de Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada 7021010000124 de 7 de diciembre de 2000.

Manifiestan que el año 2001 se sorprendieron al evidenciar que otras personas ocupaban el lote de terreno de referencia, enterándose que María Durán Ortiz Vda. de Chari había otorgado en contrato de anticresis a favor de Adela Arauz M. el referido inmueble,  percatándose  posteriormente que mediante Auto Definitivo 0012/98, de 19 de noviembre, el Alcalde Jorge Shigedi Okubo Vaca había adjudicado ese terreno a favor de María Durán Ortiz Vda. de Chari; que, con ese antecedente, el mismo año iniciaron una demanda ordinaria de nulidad de ese Auto Definitivo de Adjudicación Municipal, pero en sentencia se declaró improbada su pretensión, por lo que interpusieron recurso de