carece manifiestamente de fundamento jurídico-constitucional que dé mérito a una resolución sobre el fondo
En consecuencia, la demanda carece manifiestamente de fundamento jurídico-constitucional que dé mérito a una resolución sobre el fondo del asunto planteado, en razón de que la jurisdicción constitucional no puede operar como un mecanismo de protección paralelo a los medios de defensa que la ley dispensa a los ciudadanos, dentro de los procesos judiciales o administrativos en curso; por consiguiente, el presente recurso se enmarca dentro de los casos de rechazo establecidos por el art. 82.III LTC, concordante con el art. 33.I de la misma norma jurídica.
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- II.1.
- también procede contra las resoluciones dictadas o actos realizados por autoridad judicial
- II.2.
- la jurisdicción constitucional, no puede operar como un mecanismo de protección paralelo
- II.3.
- carece manifiestamente de fundamento jurídico-constitucional que dé mérito a una resolución sobre el fondo
- RECHAZA
