I.1. Antecedentes
Mediante memorial presentado el 6 de septiembre de 2005 (fs. 29 a 33), Alfonso M. Dorado Escóbar refiere que en noviembre de 2001 se interpuso una demanda ejecutiva por Ewaldo Fischer Albuquerque contra Efraín Rodríguez y otra, causa que fue radicada y tramitada en el Juzgado Tercero de Partido en lo Civil de El Alto y luego en el Juzgado Cuarto de Partido en lo Civil de esa ciudad, proceso que fue atendido en su integridad por su persona como abogado patrocinante durante casi cinco años.
Manifiesta que pese a las demoras judiciales excesivas, el actor logró promover paralela y extrajudicialmente un acuerdo transaccional con la parte contraria para el pago de una letra de cambio por un valor aproximado de $us. 100.000, el cual fue homologado mediante auto debidamente ejecutoriado, pero ante la negativa del cliente de abonar el honorario profesional correspondiente, demandó ante el mismo Juez de la causa la respectiva regulación de honorarios, la que alcanzó a $us. 10.006,80, habiéndose notificado a la parte contraria mediante cedulón con la demanda y la correspondiente regulación de honorarios.
Agrega que transcurrido el plazo de diez días sin que la parte contraria interpusiera recurso alguno, y por tanto con su consentimiento tácito, se declaró la ejecutoria del auto de regulación de honorarios profesionales, con la que se notificó debidamente a la parte demandada, y luego el Juez Cuarto de Partido en lo Civil de El Alto dispuso la aplicación de dos medidas cautelares: la retención de fondos en la ciudad de La Paz y el embargo de un bien inmueble en Santa Cruz.
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- II.1.
- también procede contra las resoluciones dictadas o actos realizados por autoridad judicial
- II.2.
- la jurisdicción constitucional, no puede operar como un mecanismo de protección paralelo
- II.3.
- carece manifiestamente de fundamento jurídico-constitucional que dé mérito a una resolución sobre el fondo
- RECHAZA
