Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1079/2005-R
Fecha: 12-Sep-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que se han vulnerado sus derechos al trabajo y a una remuneración justa, por cuanto, la autoridad recurrida designó arbitrariamente a otro Gerente General interino, no obstante que el Directorio en pleno de SEMAPAR lo nombró como Gerente General a.i. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.