AUTO CONSTITUCIONAL 0002/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0002/2006-RCA

Fecha: 11-Ene-2006

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente indica que las autoridades judiciales recurridas, han rechazado su solicitud de retención de un inmueble sin considerar que tiene derechos constituidos, en virtud a un contrato de anticresis a su favor, registrado en Derechos Reales, con anterioridad a otros registros, al remate y adjudicación. Consiguientemente, en revisión, corresponde efectuar un análisis y determinar si existen o no las causales de inactivación del recurso de amparo constitucional argumentadas por la Corte de amparo.