AUTO CONSTITUCIONAL 0005/2006-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0005/2006-ECA

Fecha: 20-Ene-2006

I.3.

I.3.    En la SC 1506/2005-R existe una confusión, pues este fallo tomó como hecho el que su persona hubiera solicitado al Juez de Copacabana la cesación de su detención preventiva, cuando esa cesación ya se le había concedido por el Tribunal de Sentencia de Achacachi, sobre la base del art. 239 inc. 3) del CPP, y lo único que buscaba era la modificación de la excesiva fianza económica por fianza personal; confusión que dio lugar a considerarse necesario que su persona desvirtuara los riesgos procesales que dieron lugar a su detención preventiva hace más de dos años, es decir la acreditación de domicilio y trabajo.