Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0007/2006-ECA
Fecha: 25-Ene-2006
ACLARA
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 50 de la LTC ACLARA que la procedencia del recurso de hábeas corpus, dispuesta en la SC 1500/2005-R, de 22 de noviembre, implica la nulidad sólo del requerimiento fiscal de 29 de septiembre de 2005, expedido por la autoridad fiscal co-recurrida, Elia Mireya Maldonado Oporto.