Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0014/2006-RCA
Fecha: 26-Ene-2006
improcedencia in limine
Mediante Resolución de 23 de junio de 2005, la Sala Penal del Distrito Judicial de Tarija, declaró la improcedencia in limine, del recurso de amparo con el fundamento de que la determinación de clausurar el taller de la recurrente constituye un acto administrativo que por cualquier otro recurso puede ser modificado o suprimido y que la recurrente no agotó todos los recursos o medios para solucionar su derecho vulnerado al no haber acudido ante las autoridades municipales.