AUTO CONSTITUCIONAL 0018/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0018/2006-RCA

Fecha: 26-Ene-2006

APROBAR

El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, resuelve en revisión: APROBAR la Resolución de 1 de junio de 2005, cursante de fs. 19, pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, con la modificación de que en lugar de rechazar el recurso planteado, corresponde declarar la improcedencia in limine del mismo.

Se llama la atención al recurrente por hacer uso abusivo y temerario del recurso de amparo constitucional, máxime si en el AC 021/2005-CA, se le explicó que este recurso no era el idóneo para reclamar la lesión a sus derechos, en razón de que  por este recurso no se puede someter una Ley a control normativo.