Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2006-CA
Fecha: 26-Ene-2006
II.2.2.
II.2.2. En el caso de autos, consta que dentro del proceso coactivo seguido por el Banco Económico S.A. contra David Ramiro Heredia Sotomayor, el coactivado solicitó al Juez de la causa que promueva el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra los arts. 49 y 51.I de la LAPCAF por considerar que vulneran el derecho a la defensa, consagrado por el art. 16 de la CPE, puesto que establecen que sin que previamente se escuche al deudor, se deberá dictar sentencia, procediéndose al remate de los bienes sobre la base de la tasación pericial, contrariando así lo dispuesto por el art. 534 del CPC que determina que para el remate se tomará como base la valuación fiscal.