SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0042/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0042/2006-R

Fecha: 10-Ene-2006

III.2.

III.2. En el caso que se analiza, la denuncia tiene que ver fundamentalmente con el reclamo relacionado sobre la forma en que fueron detenidos los recurrentes y las irregularidades que supuestamente se hubiesen cometido en el inicio de la investigación por parte de la Policía y el Fiscal, que no fueron enmendados por el Juez cautelar, como la inexistencia de flagrancia, la intervención de agentes encubiertos sin autorización judicial, la prolongación del arresto, etc., aspectos sobre los cuales según se establece del acta de audiencia de medidas cautelares, los abogados de la defensa hicieron énfasis en sus alegatos, quienes le recordaron al Juez cautelar su obligación de controlar la legalidad de la aprehensión, autoridad que en su Resolución de 28 de septiembre de 2005, no se pronunció en modo alguno respecto a esa denuncia en concreto, limitándose a señalar sobre la concurrencia de los requisitos establecidos por el art. 233 del CPP para disponer la detención preventiva, medida cautelar que finalmente fue adoptada contra los recurrentes, incumpliendo así su rol de contralor de la investigación que le asigna el art. 54.1 del CPP, motivo por el cual los recurrentes interpusieron recurso de apelación reiterando nuevamente la denuncia sobre el arresto que estiman fue ilegal e indebido, aspecto que sí fue compulsado y resuelto por los vocales co-recurridos en el Auto de Vista correspondiente en el sentido de que no fueron debidamente demostrados.