SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0103/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0103/2006-R

Fecha: 25-Ene-2006

improcedente

La Resolución de 13 de diciembre de 2005 (fs. 25 a 26), declaró improcedente el recurso; con el argumento de que los recurrentes fueron detenidos por la policía a horas 3:00 de la madrugada del día 12 de diciembre de 2005 conforme con lo dispuesto por el art. 225 del CPP,  por lo que podían estar detenidos ocho horas, es decir, hasta las 11 de la mañana y a partir de esa hora el fiscal encargado de la investigación podía también disponer la aprehensión de los autores o partícipes del hecho por veinticuatro horas, vale decir hasta las 3:00 de la mañana siguiente; sin embargo no ocurrió aquello, por el contrario una vez que fue informado por la Policía dentro del término que le señala la ley el fiscal a efecto del art. 228 del CPP puso en conocimiento del Juez Cautelar el arresto de los representados de la actora  a horas 11:27 del mismo día, quien mediante Auto de 12 del mes en curso con los fundamentos contenidos en dicha Resolución dispuso la inmediata libertad de los recurrentes dos horas antes de la interposición del presente recurso.