SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0104/2006-R
Fecha: 25-Ene-2006
a)
El recurrente ratificó su recurso, añadiendo manifestó que: a) que en el incidente de identificación planteado por el Ministerio Público para determinar la identidad del condenado Fernando Álvarez, las autoridades recurridas infringieron también el art. 66 del CPP.1972, que establece que el Juez debe individualizar al imputado por su nombres de acuerdo a los datos proporcionados por las autoridades y por las partes; b) al haberse llevado el proceso de acuerdo al Código de procedimiento penal de 1972 no es posible invocar las normas del actual Código de procedimiento penal, es así que de conformidad con el art. 317 del CPP.1972, que refiere una vez que ha sido ejecutoriada la Sentencia corresponde al Juez que pronunció la Sentencia ejecutarlas y resolver los incidentes que se susciten.