SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0108/2006-R
Fecha: 31-Ene-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 15 de diciembre de 2005 (fs. 4 a 5 vta.), el recurrente señala que su representada Julia Gómez Alanoca se encuentra detenida sindicada por el delito de transporte de sustancias controladas, proceso en el que la co imputada Verónica Pachajaya Huayco interpuso recusación, la que no fue atendida por el Tribunal de alzada por falta de papeleta valorada, quien dejó sin efecto el sorteo y ordenó la devolución de la causa al Juzgado de origen, encontrándose la causa en statu quo.
Refiere que el 17 de noviembre de 2005 su representada, solicitó la cesación de su detención preventiva al haber transcurrido más de diez meses sin haberse dictado sentencia alguna y que ésta hubiera adquirido la calidad de cosa juzgada, empero el Tribunal Cuarto de Sentencia decretó no ha lugar por encontrarse pendiente la recusación y que caso contrario sus actos serían nulos, frente a lo que interpuso recurso de reposición, que fue rechazado por decreto de 25 de noviembre con el mismo argumento, que no fue puesto en conocimiento de la incidentista, tampoco se ordenó remitir el proceso al siguiente quien debió proseguir la causa.