Juristeca
Juristeca País
    AUTO CONSTITUCIONAL 470/2006-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 470/2006-CA

    Fecha: 05-Oct-2006

    Fragmento 3

    Conforme establece el art. 59 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos.

    • consulta
    • I. ANTECEDENTES
    • Fragmento 3
    • la propia actuación procesal de la autoridad respectiva
    • correrá en traslado dentro de las veinticuatro horas siguientes para que sea contestado en tercero día de notificada la parte
    • no ha aplicado correctamente el procedimiento legal establecido
    • 2º SE LLAMA LA ATENCIÓN

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca