AUTO CONSTITUCIONAL 481/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 481/2006-CA

Fecha: 06-Oct-2006

no se ha cumplido el aludido trámite procesal

En el caso de autos, no se ha cumplido el aludido trámite procesal, puesto que la demanda incidental de inconstitucionalidad fue presentada el 13 de septiembre de 2006 (fs. 39 a 51), y sin disponerse el respectivo traslado, la autoridad judicial consultante, Javier R. Céliz Ortuño, Juez Noveno de Partido en lo Civil del Distrito Judicial de Cochabamba, el 15 de septiembre de 2006, emitió la Resolución de rechazo de la solicitud (fs. 52), la cual luego de ser notificada fue remitida en consulta a este Tribunal Constitucional el 19 de septiembre de 2006 (fs. 54).