AUTO CONSTITUCIONAL 501/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 501/2006-CA

Fecha: 13-Oct-2006

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Por memorial presentado el 28 de agosto de 2006 (fs. 1 a 3 vta.) el incidentista Humberto Monasterio Iglesias, dentro de la investigación seguida en su contra por Luis Gustavo Auzza Macias, caso PTJ 0501639, solicita se promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra el art. 320 inc. 3) del CPP, por ser presuntamente contrarios a los art. 116.X y 228 de la CPE.

Señala que en la Sala Penal Segunda de dicha Corte Superior se encuentra radicada una recusación interpuesta contra Agustín Suárez Rojas, Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal; y que los Vocales de dicha Sala Penal Segunda, Samuel Saucedo Iriarte y Edgar Molina Aponte también se encuentran suspendidos en su competencia por una recusación. A raíz de ello, no existe quórum en dicha Sala Penal Segunda para pronunciarse respecto a la revisión de la recusación.

Señala que la norma impugnada impide recusar a los jueces que conocen una demanda de recusación pese a encontrarse en las causales señaladas por el art. 3 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar (LAPCAF), y obtener así un Tribunal imparcial, permitiendo a su vez que una Resolución de primera instancia pese a sus errores de procedimiento adquiera la calidad de cosa juzgada.