carece de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo
Por tanto, la solicitud para que se promueva el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad carece de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo de la problemática planteada, por lo que corresponde aprobar la resolución de rechazo pronunciada por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
