AUTO CONSTITUCIONAL 540/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 540/2006-CA

Fecha: 03-Nov-2006

carece de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo

Por tanto, la solicitud para que se promueva el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad carece de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo de la problemática planteada, por lo que corresponde aprobar la resolución de rechazo pronunciada por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.