AUTO CONSTITUCIONAL 540/2006-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 540/2006-CA

Fecha: 03-Nov-2006

rechazó el incidente,

Por AS 106/2006, de 17 de octubre de 2006, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, rechazó el incidente, argumentando que: 1) el art. 59 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), señala que el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos proceso, siendo la oportunidad para promover antes de la ejecutoria de la sentencia; 2) toda vez que al no existir proceso alguno en el presente caso, conforme el AS 103/2006, de 16 de octubre, no corresponde la aplicación del art. 59 de la LTC.