rechazar
Por ende, el recurrente, a través de su memorial de reposición, no ha demostrado que esta Comisión de Admisión, al rechazar el recurso incidental de inconstitucionalidad a solicitud de parte, hubiera incurrido en algún error u omisión en la compulsa de los requisitos de forma y de fondo; por lo que no corresponde la reposición de la resolución impugnada.
