AUTO CONSTITUCIONAL 385/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 385/2006-RCA

Fecha: 08-Dic-2006

2º      DISPONER

2º      DISPONER que el Tribunal de amparo, con carácter previo a la ADMISIÓN del recurso de amparo constitucional deducido por Gastón Armando Castro Salas,  otorgue el plazo de cuarenta y ocho horas para que el recurrente subsane lo referente a la prueba y previos los trámites de rigor, en audiencia pública de consideración determine lo que en derecho corresponda, sea concediendo o denegando la tutela.