AUTO CONSTITUCIONAL 385/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 385/2006-RCA

Fecha: 08-Dic-2006

rechazó in limine

El Tribunal de amparo, Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante Resolución 052/2006, de 11 de septiembre, cursante a fs. 22 y vta. de obrados, rechazó in limine el presente recurso, con el fundamento de que el recurrente incumplió con los requisitos previstos por el art. 97.III, IV, V y VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) puesto que: a) el recurrente no adjuntó prueba en la que funda su pretensión relativos al proceso de reclutamiento, como el memorando de designación, de vacación y posterior retiro, así como de otros actos del proceso administrativo que consignen los cargos de presentación; b) no precisó los derechos que considera restringidos, dado que subsume el acto omitido con los derechos constitucionales que simplemente los enumera y c) el punto III no es claro y preciso con el acto omitido puesto que refiere a otro acto de la autoridad recurrida como el despido, no siendo coherente con el parágrafo II y por ende contradictorio con el petitorio.