Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0080/2006-CA
Fecha: 17-Feb-2006
I.2. Respuesta al recurso
Corrido en traslado el incidente, el mismo es respondido por el Fondo Financiero Privado Fássil S.A. representado por Claudia Palma Mercado manifestando que Raúl Bonilla Núñez dejó vencer los términos y plazos que se deben cumplir dentro del procedimiento del proceso, por lo que su derecho ya ha precluido, ha caducado, el acto procesal realizado ha sufrido el efecto de extinguirse, al haberse dejado pasar la oportunidad, por cuanto el inmueble no se puede subastar de nuevo, menos se puede volver a pedir avalúo pericial cuando su derecho de hacerlo ya ha precluido y su petición está fuera de término, razones por las que pide se rechace el incidente.
- En consulta
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta al recurso
- rechaza promover
- II.2.1.
- incidente debe ser planteado cuando exista en el proceso en cuestión, una sentencia o resolución final a ser aún dictada, a la cual se pueda aplicar en su caso, el resultado del recurso
- II.2.2.
- APRUEBA