SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0023/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0023/2006

Fecha: 18-Abr-2006

III.2.

III.2.   En el caso de autos, es aplicable la línea jurisprudencial glosada precedentemente, pues corresponde precisar que el Decreto Supremo impugnado a través del presente recurso tiene vinculación directa con la Ley de Capitalización, en el entendido de que su contenido tiene la finalidad de definir el régimen de propiedad aplicable a los bienes bajo la administración y/o de propiedad de ENFE a efecto de procederse a su capitalización; es decir, que la norma impugnada tiene un carácter coyuntural, dictada única y exclusivamente a un propósito que fue alcanzado hace más de diez años cuando la capitalización en Bolivia fue dispuesta por la Ley de Capitalización, a través de un proceso consistente en el incremento del capital de las sociedades de economía mixta, mediante nuevos aportes provenientes de inversionistas privados nacionales y/o extranjeros, lo que significó además la autorización al Poder Ejecutivo para aportar los activos y/o derechos de las empresas públicas, para la integración del capital pagado en la constitución de las sociedades de economía mixta; lo que implica, que el DS 24177, ha dejado de tener efecto, razón por la cual resulta innecesario efectuar un análisis de constitucionalidad, por ende, al análisis del fondo del recurso, respecto a una norma cuyo objeto específico y concreto ha sido cumplido, sin soslayar, que la referida norma incluso establece un plazo de dieciocho meses para la identificación de los bienes afectados al servicio público ferroviario a través de un inventario definitivo a partir de la fecha de cierre de la licitación pública internacional para la capitalización. En consecuencia, corresponde declarar la improcedencia del recurso, sin ingresar al análisis y pronunciamiento del fondo de la problemática planteada.