AUTO CONSTITUCIONAL 138/2006-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 138/2006-RCA

Fecha: 18-May-2006

II.3.

          En consecuencia, al haberse incumplido la presentación de prueba, requisito de admisibilidad de inexcusable cumplimiento, la demanda se torna en inadmisible y corresponde su rechazo, toda vez que la prueba tiene la finalidad de demostrar que los hechos supuestamente ilegales ocurrieron, por ende, sin ella no sería posible hacer un análisis de fondo de la problemática planteada.