Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 154/2006-RCA
Fecha: 29-May-2006
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El recurrente indica que la empresa a la que representa, motivada por el incumplimiento de un contrato se cometió a la competencia de un Tribunal arbitral, del cual uno de sus miembros es socio de la otra empresa, es decir, que uno de los miembros del Tribunal fue juez y socio a la vez, por ende, al no haberse excusado y continuar ejerciendo sus funciones de Tribunal, se le ha vulnerado los derechos fundamentales de la empresa representada. En consecuencia, corresponde determinar, en revisión, el Tribunal de amparo al haber rechazado el recurso obró correctamente.