SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0418/2006-R
Fecha: 03-May-2006
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega que el 16 de marzo del presente año fue indebidamente arrestado por orden de las autoridades recurridas desde horas 10:00 de la mañana hasta horas 16:00, continuando su detención, habiéndosele comunicado que no podía hacer uso de su libertad porque su arresto estaba conforme a lo dispuesto por el art. 225 del CPP; por lo que su libertad fue restringida sin que se le hubiera citado con los antecedentes por los cuales se le pretende inculpar y por más tiempo de lo establecido en la ley; habiéndose puesto minutos antes del medio día en conocimiento del Juez Primero de Instrucción Cautelar el arresto o aprehensión de la que fue objeto conjuntamente con un grupo de funcionarios de las oficinas de migración. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de hábeas corpus, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.