SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0521/2006-R
Fecha: 01-Jun-2006
II.4.
II.4. Mediante RM 4307/2005 de 8 de marzo de 2005, el Concejo Municipal de la provincia Cercado del departamento de Cochabamba, en consideración de haber observado que no existe ninguna legitimidad ni legalidad en la representación de la OTB Alejo Calatayud, dispuso suspender los derechos reconocidos de la referida OTB mientras dure el conflicto de representación, recomendando que se convoque a una nueva elección de la directiva, en conformidad con lo establecido por el art. 6. I, II, III y IV de la LPP y DS 23859 y el Estatuto Orgánico de la OTB, determinación que mereció la solicitud de reconsideración presentada por el recurrente con el argumento de que la Resolución se basa en un oficio anterior al proceso electoral, como un supuesto conflicto de representación (fs.32 a 39).