I.1.
I.1. El 30 de junio de 2006, David Añez Ali en representación de Sarah Verónica Roca Sanjinez interpuso recurso directo de nulidad contra la Imputación Formal de 28 de abril de 2006 y todos los actos realizados por el Juez recurrido en ejecución de la imputación formal con el argumento de que el incumplimiento de los plazos procesales que son perentorios e improrrogables, por parte del Fiscal de Materia recurrido, produjo la extinción de su facultad para realizar la imputación, por lo que la Imputación Formal efectuada en contra de su representada emitida después de vencido el plazo legal para ello, se encuentra comprendida en la nulidad establecida por el art. 31 de la Constitución Política del Estado (CPE).
