SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0701/2006-R
Fecha: 20-Jul-2006
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En los memoriales presentados el 7 y 14 de octubre de 2005 (fs. 26 a 28 y 32 a 33), el recurrente aduce que la empresa “CEA-S.R.L.”, mediante escritura pública 737/98 adquirió una propiedad con una extensión de 4.600 ha ubicada en el ex fundo Auquisamaña del cantón Coripata provincia Nor Yungas del departamento de La Paz, inscrito debidamente en Derechos Reales; que con tal derecho propietario sus mandantes han ejercido el mismo de manera continuada, libre y sin perturbación alguna, realizando construcciones para un hotel.
Expresa sin embargo, que los recurridos aleccionando a los campesinos del lugar sin ninguna autorización legal y violando el derecho propietario de la empresa a la que representa, ingresaron al predio el 29 de agosto de 2005 de manera violenta cometiendo destrozos, cavando zanjas y levantando muros, intimidando a los legítimos poseedores, habiendo emitido previamente varios votos resolutivos amenazándoles con intervenir la totalidad de la propiedad aplicando la justicia comunitaria.