SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0704/2006-R
Fecha: 20-Jul-2006
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente ratificó su recurso y lo amplió indicando que el 24 de noviembre de 2004 fue imputado por los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, y a la conclusión de la etapa preparatoria el Juez recurrido, en cumplimiento del art. 54 inc. 1) del CPP, el 5 de junio de 2006 conminó al Fiscal de Distrito para que presente la acusación o una salida alternativa conforme al art. 323 del CPP, pero vencido el plazo el Fiscal no presentó acusación alguna y oficiosamente sugirió que se lleve a cabo una audiencia de conciliación cuando las partes nunca lo solicitaron. Pese a ello, en forma errónea y saliéndose de su competencia, el juzgador recurrido dio curso a esa petición intentando una conciliación en infracción del art. 54 inc. 5) del CPP que sólo le permite homologarla. Por otra parte, expresó que el Fiscal, a más de una semana de su notificación, no presentó ninguna acusación ni tampoco la parte acusadora particular, así que su detención se tornó en ilegal al haberse operado la extinción de la acción penal.